⚖️ Histórico fallo en Arica: tribunal ordena cancelar inscripción antigua y reconoce identidad de género femenina

Feb 23, 2026

El Segundo Juzgado de Letras de Arica resolvió acoger una solicitud presentada por una mujer y ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación dejar sin efecto una partida de nacimiento inscrita en 1958 que la identificaba con sexo biológico masculino. En su lugar, dispuso mantener vigente una segunda inscripción realizada en 1988, acorde a su actual identidad de género femenina.

De acuerdo con lo informado por el Diario Constitucional, el tribunal fundamentó su decisión tanto en la normativa nacional aplicable como en estándares internacionales sobre derechos humanos, considerando especialmente el derecho a la identidad de género de la solicitante.

En el análisis jurídico, la sentencia recordó que el artículo 17 de la Ley N°4.808 establece que las inscripciones del Registro Civil solo pueden ser modificadas mediante sentencia judicial ejecutoriada. Asimismo, citó el artículo 18 del mismo cuerpo legal, que faculta al juez para resolver conforme a los instrumentos que acrediten el estado civil o, en su defecto, previa información sumaria que permita esclarecer los hechos.

El fallo también destacó que la coexistencia de dos inscripciones respecto de un mismo hecho constitutivo del estado civil configura una irregularidad registral incompatible con la finalidad del sistema, cuyo propósito es otorgar certeza y publicidad a la identidad jurídica de las personas. Por ello, en un procedimiento no contencioso, correspondía restablecer la coherencia del registro mediante la cancelación de la inscripción que resultaba improcedente.

Finalmente, la resolución subrayó que la identidad personal es un atributo esencial de la personalidad jurídica, protegido por la Constitución —en particular por el artículo 19 N°2 y N°4— y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que consagra el derecho al nombre, a la vida privada y a la igualdad ante la ley, obligaciones que el Estado debe garantizar.