El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica dictaminó que las Fábricas y Maestranzas del Ejército (Famae) actuaron de forma indebida al despedir a un operador de máquinas que viajó por un día a Tacna, Perú, mientras se encontraba con licencia médica psiquiátrica.
La empresa alegó “falta de probidad” y “conducta inmoral” por salir del país durante su reposo, pero el tribunal rechazó esa interpretación. El juez Fernando Morales sostuvo que una licencia médica “no es una orden de arresto domiciliario”, aclarando que el trabajador puede realizar actividades fuera de su hogar mientras se recupera.
El fallo enfatizó que el viaje del funcionario no afectaba su relación laboral, ya que el contrato estaba suspendido durante la licencia. Además, el tribunal señaló que Famae no presentó pruebas sólidas, omitió una investigación interna y tergiversó las instrucciones de la Contraloría.
Finalmente, se ordenó indemnizar al trabajador con más de $10 millones, correspondientes al aviso previo y años de servicio, dejando en claro que la licencia médica protege la salud del empleado, no lo priva de su libertad. 🧾⚖️







